Normativa de uso

Préstamo de material bibliográfico

El objetivo del préstamo es facilitar la consulta de los fondos bibliográficos u otros de la Biblioteca. Este reglamento tiene como finalidad asegurar la disponibilidad y la conservación de la colección de la Biblioteca con las máximas garantías, dando a la misma el mayor rendimiento y priorizando la posibilidad de su uso por la comunidad

1. Definición

Obtener en préstamo un documento de la colección de la Biblioteca implica sacarlo de sus locales, hacerse cargo por un periodo de tiempo determinado de su conservación y devolverlo dentro del plazo establecido.

2. Alumnado del centro

Para poder hacer uso del servicio de préstamo se deberá estar en posesión del carnet de la Escuela de Arte y Superior de Diseño Gran Canaria.

3. Condiciones y duración de préstamo

Préstamo ordinario: podrán tener en préstamo 2 documentos durante un periodo de 15 días.

Préstamo para la docencia. El profesorado podrá disponer, bajo su responsabilidad, de los documentos necesarios para su uso en el aula en concepto de préstamo para la docencia. La duración máxima de este préstamo antes de finalizar la jornada.

4. Consultas

Las consultas de la OPAC se podrán realizar de forma presencial o a través de la página Web de la EASD Gran Canaria en el catálogo de Biblioteca: http://biblioteca.eagrancanaria.com/opac

5. Documentos objeto de préstamo

En principio, todo el material bibliográfico de la EASD Gran Canaria puede ser prestado, con las siguientes excepciones:

  • Las obras de referencia (enciclopedias, catálogos, bibliografías y obras afines).
  • Las publicaciones periódicas.
  • La hojas sueltas y láminas.
  • Los documentos que la persona responsable de la Biblioteca excluya del servicio de préstamo a causa de su rareza, mal estado de conservación, dificultad de reposición, etc.

6. Renovaciones

Las renovaciones se realizarán de forma presencial siempre. Una vez efectuadas la renovación permitida si la persona sigue interesada en continuar disponiendo del documento y éste no ha sido objeto de reserva, puede volver a disponer de él formalizando un nuevo préstamo.

7. Reservas

En la actualidad no podrán realizarse reservas por motivos técnicos. Se avisará cuando se resuelvan.

8. Sanciones

En caso de pérdida o deterioro, la obra deberá ser repuesta y, si estuviera agotada, se deberá adquirir otra de características similares propuesta por la Biblioteca. La no reposición supondrá la pérdida del derecho al préstamo de forma definitiva, independientemente de las medidas administrativas o legales que dispongan el centro o la legislación vigente.

Los retrasos en la devolución serán sancionados con 5 días de suspensión por cada documento y día lectivos de demora a partir de la fecha de devolución.

Se considerará como un día de retraso la entrega de la obra después de las 20.00 horas del primer día lectivo.
Las sanciones serán acumulativas.

El retraso reiterado en la devolución de las obras comportará la suspensión temporal o definitiva del préstamo. En caso de acumularse sanciones, la siguiente implicará la pérdida definitiva de su condición de usuario o usuaria del servicio de préstamo de la Biblioteca.

9. Compromisos

Las personas usuarias se comprometen a tratar bien las obras que se llevan, ya que quedan bajo su custodia, y deben devolverlas en el mismo estado en el que se las llevaron en el plazo señalado. En caso de extravío, hurto o deterioro grave deben reponerlas.

La Biblioteca se compromete a ayudar en la localización de los libros que necesitan, a informar en todas las dudas e incidencias que surjan y a velar por el cumplimiento de la normativa, para evitar perjuicios y trato desigual.